20 años de prisión para hombre culpable de explotación sexual de dos adolescentes en Santiago

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Como lo solicitó el Ministerio Público, un tribunal de Santiago condenó a 20 años de prisión a un hombre por los delitos de explotación sexual y trata de personas en perjuicio de dos adolescentes.

El procesado Juan Carlos Sosa Bencosme, encabezaba una red de explotación sexual que ubicó y reclutó a las víctimas, adolescentes de 14 y 15 años de edad, a quienes las inducía a sostener encuentros sexuales con adultos, a cambio de dinero.

A través del Departamento de Trata y Tráfico de Migrantes de la Fiscalía de Santiago, que dirige el fiscal Juan Osvaldo García, se dio curso a una investigación que identificó al procesado y su modus operandi, desde su domicilio en Gurabo, desde el cual cometía los ilícitos contra las víctimas menores de edad.

La acusación, acogida en su totalidad por el tribunal, y conforme relató en estrado la fiscal litigante Aida Medrano Gonell, recoge los testimonios de las adolescentes agraviadas. El Ministerio Público pudo establecer que el hombre inducía a las menores a sostener relaciones sexuales con clientes previamente escogidos por él, a cambio de dinero en efectivo que él mismo cobraba y administraba y de lo cual decidía qué porción entregaba a sus víctimas como pago.

El Tercer Tribunal Colegiado de Santiago, integrado por las juezas Deyanira Méndez, Kimberly Tatis e Ingrid Liberato, también condenó a Sosa Bencosme al pago de 50 salarios mínimos del sector público.

La Fiscalía de Santiago levantó, a través del Departamento de Trata y Tráfico de Migrantes, las evidencias que corroboraban los testimonios de las víctimas, y formuló contra el procesado cargos penales por violación al artículo 309-1 del Código Penal dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género; artículo 410 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), así como por violación al artículo 1, letra A y C, y el artículo 3 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, que contempla y castiga los tipos penales de violencia de género, explotación sexual y comercial en perjuicio de menores de edad.

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