Ministerio Público logra primera sentencia de extinción de dominio

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- La decisión ordena entregar al Estado dominicano dos camiones y un minibús incautados en La Vega mientras eran utilizados para el transporte de cigarrillos de contrabando.

A solicitud del Ministerio Público, un tribunal declaró la extinción de dominio sobre tres vehículos incautados el pasado año en la comunidad La Penda, de La Vega, en momentos en que eran utilizados para el transporte de cigarrillos de contrabando.

Con la decisión de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega que ordena la entrega de los vehículos al Estado, República Dominicana obtiene la primera sentencia de extinción de dominio tras la entrada en vigencia de la Ley 340-22 y la creación de la Unidad de Extinción de Dominio por parte del Consejo Superior del Ministerio Público que preside la procuradora general Yeni Berenice Reynoso.

El Ministerio Público, representado por la Unidad de Extinción de Dominio junto a la Procuraduría Regional de La Vega, demostró durante el proceso que los tres vehículos eran utilizados para el transporte de productos  ilícitos.

La sentencia ordena la entrega al Estado dominicano de dos camiones marcas Mack y un EICHER, modelos MS300P y PRO3008G, de colores azul y blanco, de años de fabricación de 1996 y 2021. También, la entrega del minibús marca Toyota, modelo Town ACE, del año 2019.

Los vehículos fueron incautados durante un operativo realizado en la provincia La Vega, el 4 de julio de 2025, por miembros de la Unidad de Erradicación del Comercio Ilícito del Ministerio Público junto al Cuerpo Especializado de Control de Combustibles y Comercio de Mercancías (Ceccom).

El Ministerio Público valoró la decisión que acoge su solicitud de extinción de dominio sobre los citados bienes y reiteró que se mantiene firme en su lucha contra todas las manifestaciones de la delincuencia y el crimen organizado.

Recordó que la Ley 340-22, sobre Extinción de Dominio, establece que quedarán sujetos a su aplicación los bienes ilícitos ubicados dentro del territorio nacional, así como aquellos ubicados en el extranjero y que puedan ser perseguidos de conformidad con acuerdos de cooperación internacional vigentes.

Dicha norma tiene por objeto la recuperación a favor del Estado de los bienes y activos adquiridos ilícitamente o a través de actividades del crimen organizado.

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